Calculadora de prima vacacional
Calcula cuántos días de vacaciones te tocan y cuánto es tu prima vacacional en 2026. Desde 2023 la ley da al menos 12 días laborables al cumplir el primer año, 2 más cada año hasta 20 y después 2 más cada 5 años (vacaciones dignas). Sobre el pago de esos días tu patrón suma una prima de al menos 25%. Escribe tu salario y tus años de servicio y mira los días, el pago de vacaciones, la prima y la parte exenta de ISR.
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Resultado
Escribe tu salario para ver tu prima vacacional.
Estimación. Los días de vacaciones son laborables: los días festivos dentro del periodo no cuentan. La parte exenta aplica cuando el patrón da la prima a todo el personal.
Cómo se calculan los días de vacaciones y la prima
La tabla de 2023
Artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo, reformado en diciembre de 2022: 12 días laborables al cumplir el primer año, 14, 16, 18 y 20 del segundo al quinto, y desde el sexto dos días más cada cinco años: 22 (6 a 10), 24 (11 a 15), 26 (16 a 20), 28 (21 a 25), 30 (26 a 30), 32 (31 a 35).
La prima
El artículo 80 suma una prima de al menos 25% sobre el salario de los días de vacaciones. Tu contrato o el contrato colectivo pueden dar más: escríbelo en el bloque opcional.
Cuándo tomarlas
Al menos 12 días seguidos, el resto como decidas (art. 78), dentro de los seis meses siguientes a cumplir el año (art. 81). Mientras sigue el trabajo, las vacaciones no se cambian por dinero (art. 79).
Cuando termina el trabajo
Si sales antes de cumplir el año, las vacaciones se pagan en proporción al tiempo trabajado (art. 79), con su prima. Esa cuenta está en la calculadora de finiquito.
El ISR
La prima vacacional está exenta de ISR hasta 15 días de UMA por año calendario cuando se da a todo el personal (LISR art. 93, fracción XIV). La UMA 2026 es de 117.31, así que 15 UMA = 1,759.65 pesos. El pago de vacaciones es salario ordinario.
Fórmulas
- Salario diario
- salario mensual ÷ 30
- Días de vacaciones
- 12 + 2 × (años - 1) hasta 5 años; después 20 + 2 por cada 5 años iniciados
- Pago de vacaciones
- salario diario × días
- Prima vacacional
- pago de vacaciones × 25% (o más)
- Exento de ISR
- el menor entre la prima y 15 × 117.31 = 1,759.65
Fuentes (consultadas el 16/10/2026)
Fuentes oficiales.
- Ley Federal del Trabajo, texto vigente (última reforma DOF 14/05/2026), artículos 76 a 81 y 89
- DOF 27/12/2022: decreto que reforma los artículos 76 y 78 de la LFT (vacaciones dignas), copia del Supremo Tribunal de Justicia de Sonora
- STPS Jalisco: Vacaciones dignas, preguntas frecuentes (tabla de días)
- Ley del ISR, artículo 93, fracción XIV (prima vacacional exenta)
- INEGI: Unidad de Medida y Actualización 2026 (comunicado 1/26)
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- Elige salario diario o mensual y escríbelo.
- Escribe tus años de servicio cumplidos con este patrón.
- Abre el bloque opcional si tu contrato da más de 25% o si solo tomas una parte de los días.
- Mira los días, el pago de vacaciones, la prima y su parte exenta. Descarga la tarjeta o copia el resultado.
Ejemplos
Salario mensual de 12,000, primer año cumplido
Salario diario 400. 12 días × 400 = 4,800.00 de vacaciones. Prima del 25% = 1,200.00, toda dentro de los 1,759.65 exentos de ISR.
Salario mensual de 12,000, tres años de servicio
16 días × 400 = 6,400.00. La prima de 1,200.00 pasa a 1,600.00. Vacaciones + prima = 8,000.00. A los cuatro años: 18 días.
Salario diario de 1,500, siete años de servicio
22 días × 1,500 = 33,000.00. Prima de 8,250.00: 1,759.65 exentos de ISR y 6,490.35 gravados. El siguiente escalón son 24 días a los once años.
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Preguntas
¿Cuántos días de vacaciones me tocan en 2026?
12 días laborables al cumplir el primer año, 14 al segundo, 16, 18 y 20 al quinto. Desde el sexto, dos más cada cinco años: 22 de 6 a 10 años, 24 de 11 a 15, y así sucesivamente.
¿Cuánto es la prima vacacional?
Al menos el 25% del salario de tus días de vacaciones (LFT art. 80). Con 12 días y salario diario de 400, las vacaciones son 4,800 y la prima 1,200.
¿La prima vacacional se paga sobre todos los días o solo sobre los que tomo?
Se calcula sobre el salario de los días de vacaciones, así que sigue a los días que tomas. Si divides el periodo, cada parte lleva su prima.
¿La prima vacacional paga ISR?
Solo lo que pasa de 15 UMA en el año calendario (1,759.65 pesos en 2026), cuando el patrón la da a todo el personal (LISR art. 93, fracción XIV). El resto se grava con tu salario.
¿Me pueden pagar las vacaciones en lugar de dármelas?
No. Mientras sigue el trabajo, las vacaciones no se compensan con dinero (LFT art. 79). Solo se pagan en dinero al terminar la relación, en el finiquito.
¿Es el monto exacto que voy a recibir?
Es una estimación con la Ley Federal del Trabajo. Tu contrato puede dar más días o una prima mayor. Tus números se quedan en tu navegador: no se envía ni se guarda nada.
